ESTATUTOS

PRIMERO. Podrán participar en este Campeonato todos aquellos equipos formados por un máximo de 20 y un mínimo de 6 jugadores , dentro del marco de una organización deportiva integrada por equipos representativos de distintos Organismos, Instituciones y Empresas de carácter público u otras entidades que, no ostentado la condición de públicas, cuenten con el suficiente arraigo y presitigio, y cuyos jugadores han de cumplir, no obstante la condición de prestar sus servicios o tener algún tipo de vinculacion con el equipo representativo de la institución a la cual representan, salvo en el caso de un sólo jugador que podrá actuar en calidad de jugador invitado (foráneo), sin que tenga vinculación con la Institución.

SEGUNDO. El campeonato se desarrollará bajo las normas y reglas de juego que rigen la competición ordinaria de fútbol sala, siguiendo lo dispuesto en las reglas contenidas en los estatutos de la Liga Nacional de Fútbol-Sala, salvo las cuestiones puntuales y específicas del Campeonato recogidas en los presentes Estatutos.

TERCERO. La dirección técnica y arbitral de los partidos correrá a cargo de la persona o personas, designadas al efecto por el Comité Organizador del Campeonato. Cada partido contará con la asistencia técnica de un árbitro y un juez de mesa, pudiendo el Comité Organizador designar un segundo árbitro para aquellos partidos que por su importancia y transcendencia, así lo requiera.

CUARTO. Cada equipo estará compuesto de un máximo de 20 jugadores, pudiendo así mismo cada equipo participante contar con un delegado y un entrenador, cargos éstos que pueden recaer en la misma persona, e incluso en algún jugador.

QUINTO. Antes de comenzar el Campeonato, todos los Delegados de los equipos entregarán al Comité Organizador, las fichas de los jugadores debidamente diligenciadas, pudiendo después de iniciado el mismo, solicitar otras inscripciones, siempre que no tenga el cupo de 20 fichas cubierto, así como una relación de los jugadores con sus respectivos dorsales, procurando mantener estos mismos durante todo el Campeonato. A efectos de cómputo numérico, no se permitirá la baja de un jugador para ser sustituido por otro, salvo en aquellos casos debidamente justificados que estudiará el Comité. Para dar validez a la ficha de un jugador, ésta habrá de presentarse con 1 (una) fotografías tamaño carnet y una fotocopia del D.N.I. ante el Comité Organizador, como máximo en la reunión anterior al primer partido a jugar, debiendo éste compulsar la misma; sin este requisito no podrá alinearse el jugador, tomando como alineación indebida su inclusión en un partido. Aquellos jugadores que ya tuviesen ficha por haber disputado este campeonato en anteriores ediciones, deberán presentarla también a los efectos de sellarla en su reverso.

    En ausencia de las fichas correspondientes, por extravío, sustracción o simplemente porque no son presentadas en un partido por algún equipo, excepcionalmente y sin que ello se convierta en norma, se permitirá la presentación de algún documento acreditativo de la personalidad del jugador (D.N.I., carnet de conducir, etc.), debiendo en este caso el juez de mesa hacer constar tal eventualidad en el apartado de incidencias del acta del partido a los efectos de que el Comité Organizador pueda comprobar que los jugadores relacionados están efectivamente inscritos en el Campeonato y con sus fichas debidamente diligenciadas. Todo ello, por supuesto, sin perjuicion del derecho a presentar alegaciones al respecto por parte del equipo rival, argumentando posible alineación indebida de algún o algunos jugadores.

SEXTO. No se permitirá que un jugador pueda jugar con dos o más equipos participantes en el Campeonato.

SÉPTIMO. La modalidad de enfrentamientos y de disputa del Campeonato se basará en el sistema de liga doble a vuelta para lo que a la liga se refiere, mientras que la copa se disputará mediante partidos eliminatorios a un sola vuelta.

OCTAVO. El tiempo de duración de cada partido será de 50 (cincuenta) minutos, divididos en dos periodos de 25 (veinticinco) minutos a reloj corrido, es decir, el cronómetro en cada uno de los periodos sólo se podrá parar en aquellos casos excepcionales que así lo aconsejen (lesiones graves, invasión del campo de juego, etc.) y siempre por indicación o a instancia del árbitro del partido, con 5 (cinco) minutos de descanso entre ambos. Los encuentros darán comienzo a la hora anunciada, concediéndose un margen de 10 minutos, en atención a cualquier circunstancia de fuerza mayor que así lo aconsejase. El equipo que no se encuentre en el terreno de juego a la hora anunciada, más el margen expresado de espera, perderá el encuentro y será sancionado. Excepcionalmente y de conformidad con el equipo contendiente en el supuesto de incomparecencia de un equipo de forma momentánea y si transcurrido el periodo de espera, este equipo hiciese acto de presencia se podría poder disputar el partido, pero ajustando el horario, de tal forma que no se viese afectado el horario de comienzo del partido siguiente.

    La duración de cualquiera de los periodos, una vez agotado el tiempo reglamentario sólo deberá ser prorrogada para permitir la ejecución de una penalidad máxima o de un tiro libre sin barrera, o para no parar o interrumpir una jugada de contragolpe donde concurran las circunstancias de ocasión manifiesta o inminente de gol.

    Será permitido a los entrenadores y delegados acreditados y, en su defecto, a los capitanes de los equipos, la solicitud de 1 (un) tiempos muerto en cada periodo de juego, siendo de 1 minuto de duración cada tiempo solicitado. Estos pedidos de tiempo sólo serán concedidos cuando el balón estuviese fuera de juego, y podrán ser solicitados en cualquier momento del encuentro previa petición al juez de mesa que lo comunicará al juez de la contienda haciendo sonar su silbato, salvo en el segundo tiempo donde sólo se podrá pedir en los primeros veinte minutos, es decir, en los últimos cinco minutos del segundo tiempo ya no se podrá solicitar un tiempo muerto. En este sentido se entenderá este cómputo de tiempo en el momento que sea solicitado el tiempo muerto al juez de mesa, aunque el juego no se pare ya sobrepasado el minuto 20.

NOVENO. Cada equipo habrá de concurrir a los partidos provistos de la correspondiente equipación con los dorsales perfectamente diferenciados. En el supuesto de coincidencia de colores entre las indumentarias de los equipos contendientes, por parte del Comité Organizador se habilitarán unos petos para evitar confusiones.

    Asimismo será preceptivo que cada equipo venga en cada partido provisto de un balón en perfectas condiciones para el juego, y a ser posible de unas condiciones y características similares a los balones actualmente homologados por el Comite Nacional de Fútbol Sala. (Sin que ello sea vinculante para los equipos, estos balones serán del tipo MIKASA FSC-60, el "Fútsal" modelo Atenas o el balón de la marca Adidas; balones éstos homologados por la Real Federación Española de Futbol y actualmente utilizados en la Liga Nacional de Fútbol Sala. A mayor abundamiento de datos técnicos, se recomienda inflarlos a una presión de 0,35 Kg/cm2

DECIMO. Los partidos se disputarán por equipos compuestos por un máximo de 5 (cinco) jugadores, de los cuales uno jugará como guardameta. El número mínimo de jugadores para poder iniciar un partido será de 4 (cuatro). A estos efectos en cualquier momento del partido el equipo o equipos incompletos podrán completar el número reglamentario de 5 (cinco) jugadores. En el caso de que por cualquier circunstancia un equipo quedase reducido a 3 (tres) jugadores durante el transcurso del partido, el arbitro decretará suspendido el mismo.

    En los banquillos una vez comenzados los partidos sólo podrán estar, previa inscripción en las actas correspondiente, los jugadores reserva (máximo de 7) y aquellas personas del cuerpo técnico debidamente autorizadas. En este Campeonato, dada la naturaleza del mismo y en cuestiones como las mentadas anteriormente existirá flexibilidad, pudiendo permitir los arbitros la presencia en el banquillo de personas sin estar inscritas en acta o tener sus fichas diligenciadas. Ahora bien, este grado de permicibidad pasará por el sometimiento de las personas allí presentes a las más mínimas normas de civismo y buen comportamiento, pudiendo el árbitro del partido de no cumplirse lo anterior, decretar la expulsión del banquillo de todas aquellas personas ajenas al cuerpo técnico o que no sean jugadores suplentes, o que siéndolos, no tengan su ficha diligenciada. Asímismo se recuerda que, sólo los entrenadores pueden levantarse del banquillo para dirigir y dar consignas a sus jugadores, pero nunca para increpar al árbitro, criticar o protestar sus decisiciones.

    Se permitirá un número indeterminado de sustituciones. Un jugador que haya sido reemplazado podrá volver al terreno de juego en sustitución de otro.

DECIMO PRIMERO. No se suspenderá ni aplazará ningún encuentro, después de haberse confeccionado el calendario oficial del Campeonato, salvo solicitud de uno de los equipos de conformidad escrita con el equipo rival, debiendo comunicarlo al Comité Organizador con una antelación de 2 (dos) días, debiendo además de mediar causas lo suficientemente importantes y transcendentres como para llevar a cabo tal suspensión. Valga como ejemplo de motivos que podrán dar lugar a un aplazamiento la celebración de campeonatos de fútbol sala corporativos, como pueden ser el campeonato de Cajas de Ahorro, el campeonato de equipos de la Seguridad Social, etc. Dicha medida será llevada a cabo sin mediar ningún tipo de flexibilidad por parte de este Comité habida cuenta de los diversos problemas organizativos que se han producido en ediciones anteriores del Campeonato, por no cumplir dicha norma. Asimismo este Comité Organizador se reserva el derecho de denegar la solicitud de aplazamiento de un partido si se considerase que tal circunstancia pudiese acarrear graves problemas de tipo organizativo o que afectasen a terceros equipos.

DECIMO SEGUNDO. Con la finalidad de poder realizar un seguimiento preciso y riguroso del Campeonato se procederá a entregar los Acuerdos del Comité de Competición, que incluirán, además de las clasificaciones, tanto de puntos conseguidos, como de las de los trofeos a la Deportividad, Máximo Goleador y Portero menos goleado. Estos acuerdos serán entregados semanalmente en cada una de las canchas de juego por los jueces de mesa y además de contener las clasificaciones y resultados de la jornada anterior, contienen también puntos importantes, tales como jugadores advertidos de suspensión, jugadores suspendidos, calendario de partidos aplazados, modificaciones puntuales de los Estatutos, etc. Consecuentemente se han de considerar estos Acuerdos como comunicaciones oficiales de cualquier decisión que se adopte en el seno de este Comité, no pudiendo ser invocado en ningún momento el "no haberlos leido", como argumento de un supuesto recurso o reclamación.

DECIMO TERCERO. Se instaura en el seno del Campeonato los Trofeos a la Deportividad, Máximo Goleador, Portero menos Goleado, así como Mejor Jugador, Mejor Equipo y Mejor Portero, amen de los respectivos trofeos en razón de la clasificación final de cada equipo en cada categoría, siendo preponderantes los cuatro primeros clasificados.

NORMAS

PRIMERA. Con la finalidad de hacer cumplir la presentes normas y solucionar los incidentes que pudieran producirse en los encuentros, se crea en el seno del Campeonato un Comité de Competición formado por un Presidente y cuatro Vocales elegidos al efecto de entre los distintos Delegados de los equipos. Con el fin de evitar posibles suspicacias en la aplicación de los distintas decisiones adoptadas en el seno del Comité de Competición se establece la posibilidad de que los Delegados que así lo deseasen pudiesen asistir a las distintas reuniones con voz pero sin voto. En el supuesto de no poder llevarse a cabo la constitución del mencionado Comité de Competición , las distintas decisiones se tomarán en el seno del Comité Organizador siguiendo, por supuesto, las directrices contenidas en la norma décimo segunda de estos estatutos, dando cuenta con posterioridad al equipo interesado.

SEGUNDA. Durante el transcurso del Campeonato, el Comité de Competición, se reunirá en sesión ordinaria, una vez por semana y, en sesión extraordinaria en cualquier circunstancia que por su importancia o gravedad así lo requiriese. Tratará de definir asuntos técnicos, aclarar algún concepto de dudosa interpretación y por supuesto, sancionar a la vista de las ACTAS de los encuentros, valorando en todo momento según su leal saber y entender las pruebas de cada caso.

TERCERA. Este Comité no podrá anular en ningún momento los resultados técnicos de los encuentros; las actas de los árbitros darán fe en lo referente a dichos resultados, únicamente teniendo en cuenta el contenido de dichas actas a la hora de sancionar de acuerdo con estas normas, siendo además las desiciones arbitrales inamovibles e irrefutables.

CUARTA. Las resoluciones del Comité de Competición, se notificarán a los equipos en los acuerdos del Comité publicados a la semana siguiente de producirse el fallo. Aunque el equipo afectado no hubiera recibido notificación oficial verbal del castigo, la expulsión de un jugador por falta penalizada con dicha acción (cualquier señalización de tarjeta azul directa), implicará la prohibición de alinearse válidamente en el partido siguiente, entendiéndose como tal aquel encuentro efectivamente jugado, es dicir, no se considerará cumplida la sanción de un jugador, mientras su equipo no haya disputado el partido. Luego, no podrá cumplir sanción aquel jugador que esté en un equipo en el que su próximo partido fuese suspendido, salvo que la causa de suspensión sea la no presentación sin motivos justificables del equipo contrario, en cuyo caso se le dará por ganador el partido por 2 (dos) goles a 0 (cero), tal como establece la disposición final cuarta, y consecuentemente se entenderá cumplida la sanción. Asimismo los fallos del Comité de Competición sólo serán firmes cuando este resuelva en su reunión semanal, por lo que, cualquier infracción que acarree suspensión, se empezará a cumplir después del fallo, pudiendo disputar el jugador afectado algún partido, si lo hubiera, en el espacio de tiempo que vaya desde la infracción hasta el fallo del Comité (valga como ejemplo la disputa de un partido aplazado y fijado con anterioridad a la infracción en una fecha previa a la reunión del Comité de Competición).En este supuesto, obviamente, de reincidir en infracción, las sanciones serán independientes y acumulativas.

    Por otra parte, se recuerda también que, tal como dispone la reglamentación federativa por la que mayoritariamente se rige este campeonato, el hecho de estar sancionado y consecuentemente, no inscrito oficialmente en un partido, no exime de responsabilidad tanto a jugadores, entrenadores o delegados en cuanto posibles acciones o altercados antideportivos, tipificados como tales en los estatutos del Campeonato. Luego, de llegarse a producir tal eventualidad, se procedería a sancionar nuevamente a la persona responsable, aún a pesar de estar ya sancionada, con lo que ello conllevaría, tanto para el sancionado/a en cuestión, como para el equipo en el cual milite, represente o entrene.

    Excepcionalamente, si la gravedad de la infracción cometida así lo aconseja, y aunque el Comité de Competición no se haya reunido, se podrá decretar la suspensión cautelar del jugador afectado, computándose el partido no disputado como parte de la posible sanción a imponer.

QUINTA. Todos los equipos, vendrán obligados a procurar que los encuentros se desarrollen con toda normalidad y, en el ambiente de corrección que debe imperar en toda manifestación deportiva.

SEXTA. Con el fin de no demorar el comienzo de los partidos y evitar las consiguientes sanciones, todos los equipos contendientes procurarán estar en el terreno de juego con una antelación de tiempo suficiente como para estar perfectamente equipados a la hora de comienzo del partido.

SEPTIMA. En el caso de incomparecencia de alguno de los equipos o los dos a un encuentro, será el Comité de Competición, el que a la vista de las causas que los equipos aleguen en sus respectivos informes, dentro del tiempo reglamentario, juzgue la resolución que haya lugar.

OCTAVA. Las distintas clasificaciones de los trofeos en juego se dilucidarán, en caso de empate, de la siguiente forma:

ð Para el Trofeo a la Deportividad quedará ganador aquel equipo que al final de la fase previa del Campeonato totalice el menor número de puntos. En caso de empate se procedería a verificar todas las actas de los equipos afectados con el fin de establecer el desempate en función del menor número de faltas cometidas a lo largo del Campeonato. Si persistiese la igualada se procedería a designar equipo más deportivo mediante el lanzamiento de una moneda al aire. No obstante, este Comité Organizador se reseva el derecho a denegar el trofeo al equipo ganador si ocurrise algún tipo de circunstancia que así lo aconsejase.

ð Para el Trofeo al Máximo Goleador quedará ganador aquel jugador que al finalizar el campeonato haya conseguido el mayor número de goles. De producirse empate entre dos o más jugadores quedará ganador aquel que haya logrado el mayor número de tantos en los enfrentamientos particulares de sus respectivos equipos, si los hubieron. De continuar esta situación quedará ganador el que figurase en el equipo mejor clasificado y, en su defecto, de persistir el empate se resolvería al azar lanzando una moneda al aire.

ð Para el Trofeo al Portero Menos Goleado quedará ganador aquel guardameta que al finalizar el campeonato haya conseguido encajar el menor número de goles posibles. De producirse empate entre dos o más porteros se resolvería concediendo el trofeo a aquel que hubiese jugador el mayor número de partidos, o incluso aquel que tuviese el mayor número de minutos de juego, todo ello, claro está, a la vista de las correspondientes actas. De proseguir la igualada quedará ganardor aquel que figurase en el equipo peor clasificado.

ð Para los Trofeos al Mejor Equipo, Mejor Portero y Mejor Jugador se tendrán en cuenta las votaciones otorgadas para estos trofeos por todos los representantes de los equipos participantes.

ð Para determinar la clasificación final se dilucidaría los posibles empates a puntos entre dos equipos mediante el GOL-AVERAGE particular y, en caso de nuevo empate, el general que se obtendra por la diferencia entre goles marcados y goles encajados. Si aún así, continuase la igualdad se clasificaría aquel equipo que hubiese marcado el mayor número de goles, siendo el lanzamiento de una moneda al aire el sistema definitivo para deshacer el empate.

    Si el empate se diera entre más de dos equipos, se decidirá totalizando los resultados entre los interesados y se decidirían:

a) Por la puntuación que se estableciera con los resultados obtenidos entre ellos con independencia de los demás.

b) Por el mejor coeficiente particular que resultara de dividir los goles a favor por los goles en contra, teniendo solamente en cuenta los partidos jugados entre sí por los equipos empatados.

c) Por el mejor coeficiente general, teniendo en cuenta los goles a favor y en contra de cada uno de los equipos empatados, según sus resultados, con todos los del grupo correspondiente a los mismos.

NOVENA. En el caso de que por suspensión de un partido después de comenzarlo hubiese de continuarse en otra fecha, sólo podrán alinearse los jugadores reglamentariamente inscritos en la fecha de producirse aquellas eventualidades y no expulsados en el plazo de tiempo jugado.

DECIMA. En el supuesto de que un partido fuese suspendido antes del tiempo reglamentario, quedará a juicio del Comité de Competición dar o no por finalizado dicho encuentro.

DECIMO PRIMERA. Con el fin de establecer unos criterios claros y objetivos en la aplicación de la puntuación en el Trofeo a la Deportividad en razón de las causas aquí expuestas serán las siguientes:

    En cuanto a las tarjetas azules en las penalizaciones por puntos para el trofeo a la deportividad , se entenderá que no se tendrán en cuenta cuando se muestren como consecuencia de haberse mostrado previamente dos amarillas.

    Algunas de estas sanciones podrán ser impuestas de oficio por parte del Comité de Competición de tener constancia clara de ella o a instancia de parte por reclamación de alguno de los equipos, que en todo caso deberá solicitar del arbitro la inclusión de dichas circunstancias en el acta del partido.

DECIMO SEGUNDA. De la misma forma y en aras de establecer una mayor claridad tanto por parte del Comité de Competición, como por parte de los equipos interesados se exponen a continuación en un texto articulado las distintas SANCIONES atendiendo al grado de gravedad y de punibilidad en las acciones realizadas:

Artículo I. UN PARTIDO. Ser autor de algunas de las acciones siguientes:

1.1. Desacatar visiblemente las órdenes del arbitro y cualquier acto que constituya público menosprecio a su autoridad.

1.2. Cometer cualquier acto de desconsideración o menosprecio hacia otro jugador (rival o compañero), arbitro, juez de mesa, delegado o entrenadores de los equipos contendientes o con los espectadores.

1.3. Proferir palabras irrespetuosas o irreverentes hacia la dignidad de las personas.

1.4. Tentativa de agresión a un jugador contrario.

1.5. Acumulación de tres tarjetas amarillas.

Artículo II. DOS PARTIDOS. Ser autor de alguna de las acciones siguientes:

2.1. Agresión a otro jugador (rival o compañero), entrenador o delegado del equipo contrario, así como el repeler dicha agresión con acto de la misma naturaleza.

2.2. Insultar al arbitro, juez de mesa, delegado, entrenador o cualquier persona representativa de la organización.

2.3. Amenazar, coaccionar, agarrar o empujar al arbitro o juez de mesa, sin llegar a agredirles o provocar a otra persona contra cualquiera de ellos obteniendo su propósito.

Artículo III. TRES PARTIDOS. Ser autor de alguna de las acciones siguientes:

3.1. Cualquiera de los actos mencionados en los artículos anteriores si éstos se producen de manera y forma reiterada, reincidente y habitual.

3.2. Tentativa de agresión al árbitro o al juez de mesa o incitar a otras personas para que les cause daño.

Artículo IV. EXPULSION DEL CAMPEONATO QUE SE ESTE DISPUTANDO. Ser autor de alguna de las siguientes acciones:

4.1. Agresión consumada al arbitro del partido.

4.2. Lesionar a un contrario por agresión sin disputa del balón y, sin que éste se encuentre en juego, causándole daño de tanta gravedad que le impida seguir el juego hasta su terminación.

4.3. Cualquier acto o forma de proceder que pueda dar lugar a la señalización por parte del árbitro de la tarjeta roja de exclusión.

Artículo V. SUSPENSION A PERPETUIDAD EN ESTE CAMPEONATO. Ser autor de alguno de las siguientes acciones:

5.1. Reincidencia en algunas de las acciones señaladas en el artículo IV.

5.2. Agresión consumada a un contrario, árbitro, juez de mesa, delegado, entrenador o cualquier persona representativa de la organización, siempre que concurran las circunstancias agravantes de premeditación y alevosía, y que de ella se deriven lesiones graves para la integridad de la persona agredida.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA .La agresión colectiva al arbitro, juez de mesa, delegado de equipo contrario, y demás personas representativas, con escándalo publico será motivo de EXCLUSION TOTAL DEL EQUIPO AGRESOR DEL CAMPEONATO, CON LA PERDIDA DE TODOS LOS DERECHOS.

SEGUNDA. Los partidos será dirigidos técnicamente por el o los arbitro/os y por un JUEZ DE MESA, cargo éste que recaerá en alguna persona designada al efecto por el Comité Organizador, siendo la honestidad, imparcialidad y rigurosidad los puntos básicos en los que habrá de basar su cometido.

TERCERA. En caso de ALINEACION INDEBIDA (entendiéndose como tal, no sólo la inclusión de un jugador que no tenga su ficha debidamente diligenciada, sino que lo será también aquel jugador que se encuentre sancionado por el Comité de Competición ) se sancionará al equipo infractor con la pérdida del encuentro y descuento de un punto de su clasificación general, así como cuatro puntos de la clasificación a la Deportividad, sin perjuicio de que si esto se produce por alineación de un jugador sancionado, su sanción se duplicaría.

CUARTA. La INCOMPARECENCIA DE UN EQUIPO sin motivos justificables, dará lugar a la pérdida del encuentro por 2 (dos) goles a 0 (cero) y, se le restaría un punto de la clasificación general y se le sumarían 5 en la clasificación de la Deportividad; en el supuesto de que tal circunstancia se produjese tres veces consecutivas o cinco alternas se procedería a la expulsión del equipo del campeonato por incumplimiento de las obligaciones deportivas contraídas, con la consiguiente pérdida de todos sus derechos.

QUINTA. A los efectos de establecer las distintas clasificaciones, LA RETIRADA DE UN EQUIPO,bien sea de forma voluntaria o por sanción del Comité de Competición, implicará la desaparición del club del Campeonato, es decir, se considerará como si no hubiera participado en el mismo, y por tanto no puntuará ni a favor ni en contra de los demás en las distintas clasificaciones, tanto la general, como las de la deportividad, máximo goleador y portero menos goleado, además de que perderá todos los derechos contraidos al comienzo del Campeonato. Asimismo y con el fin de evitar posibles errores de interpretación de la norma, se entenderá que si un equipo no hace acto de presencia en las últimas tres jornadas y no media alguna causa de fuerza mayor para darse tal eventualidad, estaremos en un supuesto de incomparecencia o no presentación a un partido y no así la retirada de dicho equipo.

SEXTA. Las reclamaciones, apelaciones y alzadas, frente a sanciones o decisiones del Comité de Competición se presentarán en un plazo de 2 (dos) días después de conocerse la sanción recaída. Dicha reclamación habrá de contener, en todo caso, una relación de hechos, con alegaciones pertinentes y las pruebas correspondientes con el fin de poder ser estudiado por el Comité de Competición, que a la vista de las pruebas presentadas ratificará o rectificará suprimiendo o aminorando la sanción impuesta. En el supuesto de que por circunstancias como la premura de tiempo, no se pudiese reunir el Comité de Competición tras recibir un pliego de alegaciones de una sanción, de forma cautelar, se podría levantar la misma, posponiendo la ratificación o rectificación de la sanción.

SEPTIMA. Todos los artículos aquí especificados, podrán sufrir variación o alteración, siempre y cuando las circunstancias o los tiempos así lo exigiesen, previo acuerdo del Comité de Competición. Así mismo, y en aras de mejorar los posibles defectos de forma o de interpretación que pudieran contener estos ESTATUTOS, el Comité Organizador queda abierto a cualquier sugerencia o premisa que tras posterior estudio pudiese dar lugar a alguna modificación estatutaria.

De la misma forma, el Comité de Competición queda facultado para juzgar los casos que por su dudosa interpretación o índole pudieran suscitar alguna duda. En el supuesto de no poder o no saber juzgarlos se procedería a realizar las pertinentes consultas a los Organismos que hubiere lugar, previo acuerdo del Comité de Competición.

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